Nómina
La nómina es el recibo individual que justifica el pago del salario. El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores obliga a documentar el salario entregando este recibo, que sigue el modelo oficial del Ministerio de Trabajo salvo que el convenio colectivo establezca otro. Puede entregarse en papel o en soporte digital.
Qué contiene
- Devengos: el salario base de la categoría, los complementos (como los pluses de convenio, la nocturnidad o los festivos trabajados), las horas extraordinarias o complementarias del mes y, en su caso, percepciones no salariales como dietas o suplidos.
- Deducciones: la parte de las cotizaciones a la Seguridad Social que corre a cargo de la persona trabajadora y la retención de IRPF.
- Bases: las bases de cotización y la base sujeta a IRPF, que determinan prestaciones futuras como el desempleo o la jubilación.
Qué conviene revisar
Merece la pena dedicar cinco minutos al mes: que la categoría y el convenio sean los correctos, que las horas y pluses del mes están reflejados y que las pagas extraordinarias aparecen, ya sea prorrateadas o en sus meses. Guarda las nóminas: son la prueba principal de lo cobrado y de lo cotizado.
Estatuto de los Trabajadores, art. 29 — documentación del salario mediante recibo individual; modelo oficial del Ministerio de Trabajo salvo modelo aprobado en convenio.
Tommy te da el total de horas, turnos y festivos de cada persona listo para enviar a tu asesoría o gestoría, de forma que la nómina refleje lo que de verdad se trabajó.